• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 475/2021
  • Fecha: 22/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia apuntada resuelve el RCUD interpuesto por la empresa Swissport Handling S.A. y por el trabajador. El actor trabajaba como delegado de Ground Handling para Swissport Handling S.A. y demandó a la empresa por vulneración de derechos fundamentales y reclamación de diferencias salariales y bonus. La demanda se basó en diversas actuaciones de la empresa que degradaron su posición profesional y económica tras haber solicitado una reducción de jornada por motivos personales. El Juzgado de lo Social falló a favor del trabajador, reconociendo la vulneración de derechos fundamentales y condenando a Swissport Handling S.A. a pagar 90.000 euros por daños morales, aunque no aceptó la acumulación de la reclamación salarial. Posteriormente, el TSJ Cataluña desestimó los recursos interpuestos por ambas partes, manteniendo la decisión de primera instancia. Ante esta situación, ambas partes interpusieron RCUD. La empresa argumentó que no se debían acumular las reclamaciones de vulneración de derechos fundamentales y las de cantidad, mientras que el trabajador alegó incongruencia interna en la STSJ Cataluña. El TS colige que la sentencia recurrida presentaba incongruencias tanto interna como omisiva, lo que afectó la correcta tutela judicial. Por lo tanto, decidió anular la sentencia del TSJ de Cataluña y ordenó que se dictara una nueva resolución que resolviera adecuadamente todas las cuestiones planteadas por los recursos de suplicación de ambas partes.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA LUZ GARCIA PAREDES
  • Nº Recurso: 123/2022
  • Fecha: 22/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Impugnación de actos administrativos: el objeto litigioso trata sobre las aportaciones económicas a realizar por las empresas con beneficios que realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años. La Sala de lo Social del TSJ Madrid desestimó la demanda de la empresa Peugeot Citroën Automóviles España, S.A. interpuesta frente al Ministerio de Trabajo y Economía Social, y la Dirección General del SEPE. Interpuesto recurso de casación ordinario por la empresa en el que solicitó la revisión de los hechos probados, denunció la falta de motivación de la resolución impugnada, y con relación al fondo, alegó la prescripción del acto impugnado por haber transcurrido los 4 años establecidos legalmente. La Sala de casación decide desestimar todos y cada uno de ellos y, con relación al fondo (el último), considera al igual que el Ministerio Público, que la petición de aclaración de toda una serie de extremos para determinar la cuantía de la aportación económica tras el despido colectivo interrumpió el cómputo del plazo de la prescripción.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 2544/2023
  • Fecha: 22/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Determinar si la sentencia recurrida ha incurrido en incongruencia omisiva por rechazar pronunciarse sobre uno de los motivos de suplicación consistente en si la extinción del contrato de la empleada de hogar -parte recurrida en el actual recurso- fue un desistimiento, por haberse producido un error excusable en el cálculo de la indemnización, y no un despido.Para llegar a la conclusión de que se trataba de un despido y no de un desistimiento, era obligado que la sala del TSJ analizara si el error en el cálculo de la indemnización era o no excusable. La legalidad vigente por razones temporales ( artículo 11.4 RD 1620/2021) parte de que solo cabe hablar de despido y no de desistimiento si el error en el cálculo de la indemnización no es excusable. Estima rcud y anula con devolución de actuaciones al TSJ.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
  • Nº Recurso: 1317/2023
  • Fecha: 22/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión suscitada en la sentencia anotada consiste en determinar si debe o no considerarse despido la situación del trabajador en excedencia voluntaria que solicita el reingreso con una antelación inferior a la prevista en el convenio colectivo, en este caso el de grandes almacenes cuyo art. 48 párrafo 4 establece que "Se perderá el derecho de reingreso en la empresa si no es solicitado por el interesado con una antelación de un mes a la fecha de finalización del plazo que le fue concedido". Y, la Sala IV, en contra del criterio fijado por la sentencia recurrida declara que el incumplimiento del plazo de preaviso establecido convencionalmente para solicitar la reincorporación no determina la pérdida del derecho al reingreso, a pesar de la dicción del convenio que así lo establece por tratase de una previsión contraria a ley. Por lo tanto, constituye despido improcedente la negativa empresarial a la reincorporación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 35/2023
  • Fecha: 22/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El trabajador, despedido disciplinariamente por transgresión de la buena fe y abuso de confianza por contravenir la prohibición de uso personal de medios de titularidad de la empresa y ejecutar tareas de interés personal durante la jornada laboral. El JS declaró la procedencia del despido, el trabajador incumple la normativa elaborada por él realizando gestiones personales durante la jornada laboral y obtiene información para otra empresa suya. El TSJ en enero/16 confirmó y desestimó los dos recursos. La demanda de revisión se presenta el 16/09/23. Solicita revisión por producirse sentencia absolutoria en relación con la cuestión prejudicial penal basada en inexistencia de hecho o falta de participación. La Sala IV remite a su doctrina sobre el carácter extraordinario y excepcional de la revisión, por las causas legalmente tasadas. No siendo necesario agotar los recursos al tratarse de despido, además la argumentación del recurso es insuficiente. Tuvo en cuenta que la STSJ adquiere firmeza el 2/03/16, al interponer la demanda de revisión ha transcurrido con exceso el plazo de 5 años del art. 512.1 LEC, pese a que el proceso penal durase más de 5 años al dictarse AP el 1/03/23 confirmatoria de la absolución, firme el 23/06/23, que debió inadmitirse. Tampoco el motivo prosperaría porque debe basarse en inexistencia del hecho o falta de participación del sujeto en el mismo, se excluyen otras razones que declaren la inexistencia de responsabilidad penal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 4965/2022
  • Fecha: 21/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Determinar la naturaleza mercantil o laboral de la relación de una persona que, bajo la fórmula de un contrato mercantil prestaba servicios para una agencia de seguros, formalmente consistentes en la realización de tareas de distribución de productos de seguros, por más que básicamente se centraban en el cobro domiciliario de recibos. Despido de persona con contrato mercantil en agencia de seguros que cobra recibos a domicilio. Competencia del orden social por ser relación laboral. Estima y anula con devolución de actuaciones para estudiar el despido. Reitera doctrina.SSTS de 3 de marzo de 2020, Rcud. 3354/2017 ; de 20 de noviembre de 2007, Rcud. 3572/2006 ; de 19 de febrero de 2003, Rcud. 3534/2001; 780/2022, de 28 de septiembre Rcud. 930/2019 y 486/2023, de 5 de julio Rcud. 3145/2022.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 5692/2022
  • Fecha: 07/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia apuntada resuelve el recurso de casación unificadora interpuesto por la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR). La sentencia trae causa de la destitución de un trabajador de su cargo de Capitán, quien alegó que esta decisión fue una represalia por su labor como delegado de prevención, lo que constituiría una vulneración de sus derechos fundamentales. El TSJ falló a favor del trabajador considerando que existían indicios suficientes de vulneración del derecho a la indemnidad, ordenando su restitución en el puesto de Capitán y otorgándole una indemnización. El Tribunal Supremo desestima el recurso de SASEMAR apreciando la falta de contradicción exigida por el art. 219 LRJS, por lo que se confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia y el cargo de Capitán del trabajador. Consta que el cargo de capitán es un puesto de libre designación; pero aun así, su cese no estuvo fundamentado ni justificado por pruebas claras que desvirtuaran la vulneración alegada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 37/2022
  • Fecha: 07/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sentencia apuntada resuelve la demanda de revisión presentada por la empresa contra la sentencia del Juzgado de lo Social que había declarado improcedente el despido del trabajador. El Juzgado también condenó a la empresa a pagar salarios pendientes y compensaciones adicionales. La empresa solicitó la revisión alegando desconocimiento del juicio original debido a una notificación defectuosa. El Tribunal Supremo determinó que la empresa había sido notificada correctamente, ya que la citación fue entregada al nuevo titular del negocio en la misma dirección utilizada para la carta de despido y la conciliación previa. El TS enfatizó el carácter excepcional de la revisión de sentencias firmes y la necesidad de respetar los plazos procesales estrictos. La demanda de revisión fue presentada fuera del plazo de tres meses desde que la empresa tuvo conocimiento del proceso, haciéndola extemporánea. Adicionalmente, el Tribunal encontró que la demanda no se fundamentaba en las causas específicas requeridas para la revisión, como documentos nuevos o cohecho, sino en la notificación procesal, ya revisada y desestimada previamente. Por estas razones, el Tribunal Supremo desestimó la demanda de revisión y condenó en costas a la empresa demandante.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 5821/2022
  • Fecha: 07/05/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia apuntada desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el trabajador contra la E.P.E. Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR). El actor fue cesado de su cargo de capitán de buque de salvamento por pérdida de confianza y alegó que dicha acción vulneraba su derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de garantía de indemnidad, debido a denuncias previas realizadas ante la Inspección de Trabajo. La sentencia confirma que el cese fue una decisión organizativa legítima y no una represalia. Se establece que su rol como capitán, considerado de alta dirección, permite el desistimiento por pérdida de confianza, siempre que se respeten los derechos fundamentales del trabajador. En este caso, no se acreditó que el cese fuera consecuencia de las denuncias sino parte de una reestructuración organizativa que afectó a varios empleados. El Tribunal descarta la vulneración de la garantía de indemnidad, pues las acciones del trabajador estaban vinculadas a sus funciones profesionales como delegado de prevención, no como reclamaciones individuales. Así, se concluye que no hubo violación de sus derechos fundamentales y se declara la firmeza de la sentencia impugnada sin imponer costas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA LUZ GARCIA PAREDES
  • Nº Recurso: 794/2023
  • Fecha: 29/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La cuestión a resolver consiste en determinar si debe computarse como cotizado el periodo de percepción de prestaciones de desempleo como consecuencia de la suspensión del contrato de trabajo en ERTE covid por fuerza mayor, a efectos de percibir una nueva prestación de desempleo. Y el TS, reiterando doctrina (TS Pleno 16-11-2023, rec 5326/22 ) da una respuesta negativa, y declara que en las prestaciones por ERTE COVID por fuerza mayor el periodo de desempleo no puede computar a efectos de ampliar la duración de la prestación no estando contemplado este derecho en la normativa especial de la pandemia (RD-Ley 8/20), siendo aplicable la regla general del art. 269 LGSS que la excluye. Reconoce que hay particularidades relevantes para la prestación por desempleo COVID pero no alteran la norma que impide el cómputo de las prestaciones percibidas como tiempo cotizado para generar un nuevo periodo de desempleo, no recogiendo que el periodo de percepción de prestaciones pueda computarse y generar derecho a nueva prestación como si de ocupación cotizada se tratase. La situación jurídica queda en los mismos términos que el art. 273.2 LGSS, evita que sea periodo carente de cotizaciones empresariales. No genera para el desempleo más beneficios mantiene los derechos del trabajador. Se exige efectiva realización de ocupación cotizada

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.